Doble Check Legal

Qué hacemos

Dos especialidades que casi siempre van juntas

Detrás de una vivienda suele haber una hipoteca, y detrás de una deuda bancaria, un inmueble en juego. Por eso trabajamos las dos.

Derecho bancario

Tarjetas revolving
Nulidad por usura (Ley de 23 de julio de 1908) y por falta de transparencia. Si prospera, solo devuelves el capital que dispusiste.
Gastos hipotecarios
Notaría, registro, gestoría y tasación que el banco te repercutió, además de comisiones de apertura y de posiciones deudoras.
Cláusulas bancarias abusivas
Cláusula suelo, intereses de demora, vencimiento anticipado y comisiones impuestas sin negociación. Pedimos su nulidad y la devolución de lo cobrado de más.
Fondos y ejecuciones hipotecarias
Oposición a ejecuciones y a reclamaciones de fondos que compraron tu deuda: legitimación, cesión del crédito y cláusulas abusivas.

Derecho inmobiliario

Compraventa y arras
Revisión de nota simple, cargas y situación urbanística, redacción del contrato de arras y acompañamiento hasta la escritura.
Arrendamientos y desahucios
Contratos de vivienda y de local, reclamación de rentas y desahucio por impago o por fin de contrato.
Extinción de condominio
Salida de la copropiedad entre exparejas, hermanos o socios, por acuerdo o mediante división judicial de la cosa común.
Herencias con inmuebles
Partición, herencias sin aceptar y localización de herederos para poder vender o repartir.
Venta de inmuebles
Intermediación en la venta con respaldo jurídico de principio a fin.

Cómo trabajamos

Cuatro pasos, sin letra pequeña

  1. 1

    Nos envías la documentación

    Contrato, escritura, extractos o nota simple. Si no los tienes, te decimos cómo pedirlos.

  2. 2

    Doble revisión jurídica

    Estudiamos el caso con la ley y la jurisprudencia aplicables y te decimos con claridad qué opciones tienes.

  3. 3

    Reclamación o negociación previa

    Requerimos a la otra parte. Muchos asuntos se cierran aquí, sin llegar al juzgado.

  4. 4

    Demanda y ejecución

    Si no hay acuerdo, demandamos en cualquier juzgado de España y seguimos hasta que la sentencia se cumpla.

Quién lleva tu caso

Roberto Morales Álvarez-Hevia

Abogado colegiado nº 118.357 del Ilustre Colegio de la Abogacía de Madrid, con despacho en Córdoba. Defiende a consumidores frente a bancos, financieras y fondos, y asesora en operaciones y conflictos sobre inmuebles.

Autor de «Cómo construir patrimonio desde cero» y divulgador jurídico en redes con Doble Check Legal.

  • ICAM nº 118.357
  • Derecho bancario
  • Derecho inmobiliario
Despacho
Córdoba
Ámbito
Toda España, gestión online
Juzgados
Procuradores de confianza en cada partido judicial
Trato
Directo con el abogado

Preguntas frecuentes

Lo que nos preguntan antes de empezar

Bancario

¿Cuándo es usuraria una tarjeta revolving?

El Tribunal Supremo (STS 149/2020) compara la TAE del contrato con el tipo medio de las tarjetas revolving que publica el Banco de España. La STS 258/2023 precisó que, por regla general, es usurario el interés que supera ese tipo medio en más de 6 puntos porcentuales.

Mi tarjeta no llega a ser usuraria. ¿Puedo reclamar por falta de transparencia?

Sí. Las cláusulas de una tarjeta revolving son condiciones generales de la contratación: las redacta la entidad y tú solo te adhieres. La Ley 7/1998 exige que hayas tenido oportunidad real de conocerlas al firmar y que sean claras, concretas y legibles (arts. 5 y 7). La normativa de consumidores exige además que hayas podido entender su coste real: qué interés pagas, cómo se suman los intereses a la deuda y por qué, con cuotas bajas, lo que debes apenas disminuye.

El Tribunal Supremo aplicó este control de transparencia a las tarjetas revolving en sus sentencias 154/2025 y 155/2025, de 30 de enero. Si la cláusula de intereses no lo supera y resulta abusiva, es nula, aunque el tipo no sea usurario.

¿Qué recupero si se declara la nulidad?

Con la nulidad por usura solo debes devolver el capital dispuesto. Lo que pagaste por encima se descuenta de la deuda o se te devuelve.

¿Hay plazo para reclamar?

La acción de nulidad no prescribe. La devolución de cantidades sí puede estar sujeta a plazo, y su inicio lo han ido fijando el TJUE y el Tribunal Supremo. Conviene revisarlo cuanto antes.

¿Tengo que adelantar dinero?

En reclamaciones bancarias trabajamos a éxito: 15% + IVA sobre lo recuperado, pactado por escrito.

Inmobiliario

Comparto un inmueble y el otro dueño no quiere vender. ¿Puedo salir?

Sí. Ningún copropietario está obligado a permanecer en la comunidad (art. 400 del Código Civil). Si el inmueble no se puede dividir y no hay acuerdo, se vende y se reparte el precio (art. 404).

Mi inquilino no paga. ¿Qué hago?

Primero, un requerimiento de pago que deje constancia. Desde abril de 2025 la Ley Orgánica 1/2025 exige, con carácter general, intentar una solución extrajudicial antes de demandar. Si no paga, se presenta demanda de desahucio y reclamación de rentas.

¿Qué debo revisar antes de firmar unas arras?

Quién es el titular registral, qué cargas tiene la finca, si está al corriente de IBI y comunidad, y qué tipo de arras se pactan, porque de eso depende lo que pierdes o recuperas si la venta no se firma.

No vivo en Córdoba. ¿Podéis llevar mi asunto?

Sí. La gestión es online y actuamos en juzgados de toda España.

Contacto

Cuéntanos tu caso

Te responde el abogado. Por WhatsApp puedes enviar una foto del contrato o de la escritura.

  • Teléfono y WhatsApp613 484 385
  • Correohola@doblechecklegal.com
  • DespachoAv. Ronda de los Tejares, 32, oficina 253 · 14001 Córdoba
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